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Impuesto sobre Sociedades 2025: tipos de gravamen y novedades fiscales

Introducción

Con motivo de la próxima presentación del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025, que se efectuará en julio de 2026, resulta conveniente revisar las principales novedades en materia de tipos de gravamen, con el fin de disponer de una visión actualizada de la tributación aplicable.


Tipos de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades 2025

Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025, los tipos más relevantes son los siguientes:

  • Tipo general: 25 %
  • Entidades de reducida dimensión: 24 % (aplicación transitoria en 2025)

Entidades con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros

En estos casos, durante 2025 se aplicará la siguiente escala:

  • 21 % por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros
  • 22 % por el exceso

Régimen de entidades de nueva creación

Las entidades de nueva creación que desarrollen una actividad económica tributarán:

  • Al 15 % en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva
  • Al 15 % en el siguiente período

Supuestos en los que no se aplica este régimen

No se considerará entidad de nueva creación, entre otros casos, cuando:

  • La actividad económica hubiera sido realizada previamente por personas o entidades vinculadas y se transmita a la nueva sociedad
  • La actividad hubiera sido ejercida durante el año anterior por una persona física que posea más del 50 % de participación
  • La sociedad forme parte de un grupo mercantil conforme al artículo 42 del Código de Comercio
  • Se trate de una entidad patrimonial

Entidades patrimoniales: concepto y consecuencias fiscales

Se considera entidad patrimonial aquella en la que más de la mitad de su activo esté constituido por:

  • Valores
  • Elementos no afectos a una actividad económica

Consecuencia principal

Estas entidades:

  • Tributan con carácter general al 25 %
  • No pueden aplicar tipos reducidos, ni el régimen de nueva creación ni los beneficios de entidades de reducida dimensión

Arrendamiento de inmuebles: cuándo se considera actividad económica

En el caso del arrendamiento de inmuebles, para que exista actividad económica a efectos del Impuesto sobre Sociedades es necesario:

  • Contar con al menos una persona empleada
  • Con contrato laboral
  • Y jornada completa

En ausencia de estos requisitos, la sociedad puede ser considerada entidad patrimonial, con las consecuencias fiscales anteriormente indicadas.


Reducción de tipos prevista para 2026

La normativa vigente establece una reducción progresiva de tipos para determinados contribuyentes a partir de 2026.

Entidades con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros

  • 19 % por la base imponible hasta 50.000 euros
  • 21 % por el exceso

Entidades de reducida dimensión

  • 23 %

Importancia de la revisión en la campaña 2025

La campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025 resulta especialmente relevante para analizar:

  • La cifra de negocios
  • La posible condición de entidad de reducida dimensión
  • La aplicación del régimen de entidad de nueva creación
  • La posible consideración como entidad patrimonial

Una correcta clasificación es esencial para aplicar el tipo de gravamen adecuado y evitar contingencias fiscales.


Asesoramiento especializado

Desde DG Group revisamos de forma individual cada caso antes de la presentación del impuesto, con el objetivo de asegurar una correcta liquidación y la adecuada aplicación de la normativa vigente.

Para cualquier duda o análisis específico de su situación, puede ponerse en contacto con nuestro equipo.

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