Adquirir un vehículo supone una inversión importante para cualquier autónomo o empresa. Pero, ¿se puede deducir fiscalmente?
Y si estás en Canarias, ¿cómo afecta el IGIC?
En DG Group te explicamos de forma clara y práctica en qué casos puedes deducir la compra y los gastos de un coche, tanto si trabajas como autónomo como para tu empresa.
Deducción del coche para autónomos en Canarias
En el régimen fiscal canario, un autónomo sólo se puede deducir el IGIC soportado relativo a la adquisición y los gastos del vehículo si está afecto exclusivamente a la actividad económica.
¿Cuándo es deducible el IGIC?
Por norma general, el IGIC soportado en la compra de un coche no es deducible, salvo en los siguientes casos:
- Vehículos destinados al transporte de mercancías.
- Vehículos utilizados en el transporte de viajeros (taxis, VTC, etc.).
- Vehículos para enseñanza de conducción (autoescuelas).
- Vehículos para servicios de vigilancia o seguridad.
- Vehículos utilizados por representantes o agentes comerciales.
Cómo demostrar el uso profesional
Para deducir el 100% del IGIC del vehículo y de sus gastos, es necesario justificar el uso exclusivamente profesional. Algunas recomendaciones podrían ser:
- Coloca rótulos o logotipos corporativos visibles.
- Elige un vehículo de tipo industrial o comercial.
- Instala GPS o registro de trayectos para demostrar su uso laboral.
Cuanta más evidencia aportes, más sólida será tu posición ante una inspección.
¿Qué gastos puedes deducir?
Sólo podrás deducir los siguientes gastos si el vehículo está afecto al 100% a la actividad profesional:
🚗 Gastos deducibles del vehículo
- Combustible: siempre que se justifique con factura y esté vinculado a la actividad.
- Reparaciones y mantenimiento: revisiones, piezas y servicios de taller necesarios.
- Seguros: pólizas del vehículo afecto a la actividad.
- Aparcamientos y peajes: en caso de desplazamientos laborales.
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): deducible como gasto si el coche está registrado como profesional.
- Amortización del vehículo: la compra puede deducirse de forma proporcional a lo largo de varios años, aplicando el porcentaje fiscal permitido (generalmente entre el 16% y el 25% anual, según el tipo de vehículo y uso).
📌 Importante: Si el coche también se utiliza para fines personales, no se podrá deducir ni el IGIC ni ninguno de los gastos anteriores.
Deducción del coche en una sociedad
En las sociedades, la normativa es más estricta. Para deducir el IGIC:
- El vehículo debe estar a nombre de la sociedad.
- Su uso debe ser exclusivamente profesional.
Además, conviene contar con documentación que lo acredite:
- Contratos de uso o cesión.
- Políticas internas de vehículos de empresa.
- Registros de trayectos o hojas de kilometraje.
Si el coche se usa fuera del horario laboral o con fines personales, no se podrá deducir el IGIC, y ese uso se considerará retribución en especie, sujeta al IRPF del trabajador o socio.
Recomendaciones de DG Group
En DG Group, asesores expertos en fiscalidad canaria, te recomendamos:
- Planifica antes de comprar: analiza tu caso antes de tomar decisiones.
- Guarda toda la documentación: facturas, contratos y registros de uso.
- Controla los desplazamientos profesionales: puede ser clave ante una inspección.
- Consulta con un profesional: evitarás errores y sanciones.
¿Tienes dudas sobre si puedes deducir tu coche o sus gastos?
En DG Group te ofrecemos un estudio personalizado según tu actividad y la normativa vigente en Canarias.
Te ayudamos a optimizar fiscalmente tu vehículo profesional y a cumplir con todas las obligaciones legales.
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